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MARCO LEGAL

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Mediante D.S. No. 24215 de 12 de enero de 1996, se crea los Servicios Departamentales de Caminos; y según el Art.2 del D.S. 25366 señala que se denominará Servicio Prefectural de Caminos cuya sigla es SEPCAM; dependiendo directamente de la Prefectura Departamental hoy Gobierno Autónomo Departamental, con dependencia funcional de la actual Secretaría Departamental de Infraestructura Productiva y Obras Públicas , denominaciones institucionales adoptadas en mérito a la actual estructura del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz. Asimismo; se constituyen en “Órgano Operativo y Desconcentrado” con competencia de ámbito departamental e independencia de gestión técnica. Queda vigente temporalmente el Decreto Supremo 25366 de 26 de abril de 1999 por la Ley Nº 031 en cuanto a la Estructura Organizacional y el régimen laboral de los trabajadores del SEDCAM -Ley 3613 y la Ley 3854 se encuentra regularizado por la Ley General del Trabajo, que restituye a los trabajadores al régimen de la Ley General del Trabajo.

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